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Romagoza,
Gonzalez and Mauricio v. Garcia and Vides
Romagoza v. García. Reportaje diario puesto al día con los
acontecimientos de el 2 y 3 de julio, el quinto y sexto día del
juicio
Este informe fue redactado por: Patty Blum, Profesora de derecho y Directora
del Coloquio de los Derechos Humanos Internacionales, Universidad de California,
Berkeley, Boalt Hall y miembro del Consejo Legal del CJA; y sus asistentes
Daniela Yanai, y María Beth Kaufman, estudiantes de la escuela
de derecho en Boalt Hall de la Universidad de California, Berkeley.
Michael McClintock, investigador de Amnistía Internacional
Después de un largo fin de semana, el jurado volvió el
martes, 2 de julio a oír a Michael McClintock, quien era un investigador
para la organización Amnistía Internacional (referida también
en este documento como "AI" o "Amnistía") de
la Secretaría en Londres, Inglaterra. El enfoque de el trabajo
de McClintock era América Latina, con un énfasis especial
en América Central. McClintock describió la fundación
de Amnistía en el año 1961, así como los objetivos,
la estructura y el funcionamiento de esta organización "independiente"
que no tenía preferencia por ningún partido político.
Él describió como creció el énfasis de la
organización para la prevención de la tortura cuando los
empleados y los miembros se enteraron de que la tortura se empleaba regularmente
contra los que eran conocidos como "prisioneros de conciencia "
y eran por ellos que el AI instituía campañas.
El enfoque de McClintock pasó de Argentina, a Chile, a El Salvador
a mediados de los años 1970 cuando las desapariciones forzosas
se hicieron característica de ese país. Él visitó
El Salvador en el año 1976 para establecer contactos con organizaciones
de derechos humanos, en particular con la Oficina de ayuda Legal del Arzobispado
conocido en aquel entonces como Socorro Juridico del Arzobispado. Él
usó cuestionarios usados por Amnistía para recaudar información
de testigos y de miembros de familia de los desaparecidos. A finales de
el año 1979, Amnistía puso a El Salvador como prioridad
porque cada vez más recibían llamadas telefónicas,
telegramas y télexes sobre desapariciones y secuestros que acusaban
a el gobierno de éste país.
Por consiguiente, McClintock ayudó a iniciar la campaña
de Acción Urgente sobre casos Salvadoreños. Un grupo de
tres o cuatro personas evaluaban la información recibida por la
organización. Después la información se distribuía
por la red de Acción Urgente a los afiliados de AI en más
de 41 países. Estos afiliados después distribuían
la información a sus miembros. La información que se mandaba
incluía el nombre de la víctima, lo que había ocurido,
y quien y que acción debería de ser tomada. La acción
que se tomaba casi siempre era de escribir cartas dirigidas a funcionarios
en la junta controlada por los militares en El Salvador y cartas dirigidas
también al Ministro de Defensa (García). El Director de
la Guardia Nacional (Vides - Casanova) también recibiría
estas cartas si se había implicado a la Guardia Nacional.
Estas cartas eran enviadas inmediatamente ya que la mayor parte de los
casos de tortura y los asesinatos extrajudiciales ocurrían en los
primeros días del secuestro. A.I. pensaba que era sumamente importante
dejarle saber a los funcionarios militares Salvadoreños que muchos
de los otros países sabían de sus actividades. McClintock
le presentó al jurado varios ejemplos de las distribuciones dirigidas
por la Acción Urgente. Él les demostró que el nombre
de García aparecía como recipiente de estas cartas que mandaban
los mienbros de la organización. En un momento particularmente
dramático, el abogado de los demandantes, Peter Stern, le pidió
a McClintock que leyera una carta que había enviado el Coronel
Vides-Casanova a un miembro de A.I. en Omaha, Nebraska. En la carta el
Coronel le agradeció al miembro por su correspondencia, le declaró
que él había investigado los archivos buscando a la víctima
y negaba que la víctima hubiera sido "fichada" . La respuesta
de Vides Casanova también declaraba que la carta del miembro se
basaba en noticias de los aconteciminetos que no tenían fundación
y que no eran un hecho. Esto es lo que repetían los Generales en
su correspondencia a los otros miembros.
El Juez Hurley interrumpió el testimonio de McClintock en dos
ocasiones. Por primera vez, él le explicó al jurado la importancia
de este testimonio "de aviso" a los generales sobre abusos de
derechos humanos. Él declaró que los demandantes procedían
en este caso bajo la teoría legal de "responsabilidad del
mando". Un elemento principal de ésta demanda es dar prueba
de que un comandante militar - en este caso los Generales García
y Vides-Casanova - sabían o deberían de haber sabido que
los subalternos bajo su mando cometían actos de tortura. Él
juez acentuó que no era necesario aceptar lo que decían
las cartas de las Acciones Urgentes de AI como verdad, pero sí
había que evaluar si los Generales habían sido notificados
de los actos documentados en la correspondencia de Amnistía.
En la segunda interrupción, el Juez Hurley comentó sobre
un aviso de Acción Urgente que hablaba de la captura de dos jóvenes.
Él declaró que el jurado no tenía que encontrar a
los demandados responsables de los actos descritos en ese aviso de la
Acción Urgente, pero de nuevo acentuó que el testimonio
y la evidencia se usaba para mostrar el elemento "de aviso"
que es prueba necesaria en esta demanda que usa la teoría legal
de "responsabilidad de mando.". Esta vez, el juez explicó
la doctrina legal de responsabilidad de mando y lo repitió al día
siguiente cuando dió su testimonio el Profesor García. El
juez explicó que el jurado determinará si alguno ó
ambos de los demandados tenían obligación o responsabilidad,
por las torturas y abusos que le sucedieron a los demandantes. La doctrina
de responsabilidad de mando permite que los comandantes militares sean
encontrados responsables por los actos cometidos por sus subalternos si
los comandantes sabían ó deberían de haber sabido
que sus subalternos habían cometido violaciones de derechos humanos
y el comandante no había hecho nada por prevenir o castigar a estos
oficiales subalternos que cometían estos actos.
En la tarde, Stern le preguntó a McClintock sobre los informes
y reportes de AI acerca de derechos humanos que él había
preparado durante los años 1979 y 1983. El abogado de los demandados
se opuso. El Juez Hurley sostuvo la objeción diciendo que McClintock
no podía declarar que estos informes habían sido enviados
directamente a los demandados, pero si podía declarar que habían
sido enviados al gobierno Salvadoreño en general. Stern pidío
hablar con el juez y después de haberlo hecho le preguntó
a McClintock que reiterara y le dijera al jurado "cuantos avisos
ó Acciones Urgentes había distribuido él. Él
declaró que envió 175 Acciones Urgentes desde Enero de el
año 1980 a junio de el año 1980. Él estimó
que cada uno de estos había generado aproximadamente 5,000 cartas
dirigidas a los militares Salvadoreños.
Kurt Klaus, el abogado de los demandados, le preguntó a McClintock
sobre la estructura de los miembros de AI, incluyendo el hecho que cada
cual que paga una cuota puede hacerse miembro. McClintock informó
que algunas associaciones de AI recaudan dinero y no tienen cuotas. Durante
las preguntas de Klaus, McClintock hizo reir a el jurado y la audiencia
cuando declaró que él no era un abogado. McClintock acentuó
que Amnistía, no confíaba en la información que presentan
los miembros de un país donde se estaban investigando las violaciónes
a los derechos humanos. Klaus le preguntó sobre sus fuentes de
información y McClintock declaró que la información
se obtiene de las entrevistas hechas por los miembros de AI a los refugiados.
Tambien tenía informes de la oficina del Arzobispado y dijo que
siempre se verificaban estas fuentes de información. Al concluir
Klaus le preguntó sobre la oposición de AI encontra de la
pena de muerte.
Stern le preguntó a McClintock sobre la necesidad de constante
comunicación y de la importancia de poner al día la información
y las fuentes de esta información. McClintock declaró que
AI ponía much cuidado " a nunca dar una falsa alarma; "
es decir que ellos nunca actuaban cuando tenían información
falsa o no verificada. "AI ve que es una ventaja generar estas cartas"
y explicó, que es más valioso cuando las cartas vienen de
muchos países diferentes. Además AI envía copias
de las cartas a los representantes del Congreso Americano para que ellos
también esten al tanto do los casos importantes
Instrucciones de Jurado
En la mañana, antes de que el jurado hubiera entrado a la sala
del tribunal, el Juez Hurley les enseño a los abogados las nuevas
instrucciones para el jurado que fueron propuestas por los abogados de
ambos lados. El informó que se discutirían el Lunes 8 de
julio. Las instrucciones discuten y definen la teoría legal de
la responsabilidad de mando. Estas instrucciones fueron muy importantes
en el primer juicio contra los demandados, cuando se les demandó
por los asesinatos de cuatro monjas Americanas. Al final del día,
después de que el jurado había salido de la sala del tribunal,
el abogado de los demandados Kurt Klaus, en una discusión informal
indicó que él podría discutir que los que cometieron
estos abusos contra los demandantes no eran subalternos bajo el mando
de los demandados.
Coronel José García, Experto en Mando Militar Argentino
Después del testimonio de Michael McClintock, los abogados de
los demandantes llamaron a José García, un coronel en las
Fuerzas Armadas Argentinas y experto en la estructura de mando militar
y en el funcionamiento de la responsabilidad del mando. El Profesor García,
(así llamado por el abogado de los demandantes, Jim Green para
evitar que se confundiera con el nombre de el demandado que tiene su mismo
apellido), explicó que él no tenía ningunas relación
familiar con el General García, uno de los demandados. El testimonio
de el Profesor García, que se presentó en la tarde de el
martes 2 de julio y siguió casi todo el día de el miércoles
3 de julio, fue interrumpido por objeciones de el abogado de los demandados.
Su testimonio incluía información sobre su experiencia propia,
la estructura del mando de las fuerzas militares Salvadoreñas y
de el deber que se le impone a los oficiales militares para que respondan
a informes de abusos cometidos por sus subalternos. Él acentuó
la importancia de comunicación y de la disciplina en estructuras
militares
Cuando se establecían sus credenciales como un testigo experto,
el Profesor García le dijo a el jurado que él había
dado testimonio como experto en casos similares en Argentina, El Salvador,
Italia y Haití (en Haití a petición de las Naciones
Unidas). García describió que estudió las reglas
y ordenanzas del ejército Salvadoreño, el Código
de Justicia Militar, la Constitución y el Código Penal de
El Salvador. También revisó y estudió los informes
que dieron organizaciones como las Naciones Unidas y la Organización
de Estados Americanos, los cables de la inteligencia estadounidenses,
y otros documentos.
El Profesor García es el primer testigo que presenta su testimonio
para dar prueba que los Generales y los comandantes militares son responsables
por los abusos de sus subalternos bajo la ley y Salvadoreña y la
ley internacional. Muchos de los miembros de el jurado apuntaron lo que
oían acerca de el testimonio de García en los cuadernos
que fueron proporcionados por el tribunal. García le explicó
a el jurado la historia y el significado de las Convenciones de Ginebra
de 1949 que establecieron normas para evitar abusos a los ciudadanos civiles
así como a combatientes capturados por oficiales militares. Él
también describió la ley que resultó después
de los tribunales de Nuremberg y de Tokio, que fueron establecidos para
enjuiciar a los criminales Nazis y Japoneses después de la segunda
Guerra Mundial. El profesor también habló de la Convención
Americana para los derechos humanos que habían sido mencionados
por otros testigos durante este juicio. El Salvador, explicó el
Profesor, es un signatario a las Convenciones de Ginebra y de los Protocolos
y de la Convención Americana y por lo tanto, el gobierno de El
Salvador tiene la responsabilidad de proteger a los cuidadanos civiles
(no militares) contra abusos por parte de los que estan en el. Finalmente,
el Profesor explicó que él también tuvo otras fuentes
de información que le ayudaron a entender y a conocer lo que hicieron
las fuerzas militares en El Salvador durante el período en cuestión.
No solamente usó documentos escritos.
Cuando le preguntaron si él tenía una opinión en
cuanto a quien ejercía el mando y quien en su opiníon ejercía
el control de las fuerzas militares en El Salvador entre los años
1979 hasta el año1983, el Profesor contestó que " el
General García " bajo objeción de el abogado Kurt Klaus.
El testimonio de el profesor García incluyó una larga discusión
de la carta que fué enviada por los miembros del Partido Demócrata
Cristiano al alto mando de las Fuerzas Armadas y a la Junta gobernante
que había sido presentada como evidencia durante el testimonio
de el ex-Embajador Robert White. El profesor García dijo que esta
carta era información sustancial y un informativo confiable que
debería de haber inciado una investigación.
Cuando Jim Green le preguntó al Profesor García si él
conocía de alguna investigación iniciada por el demandado
(General García) en cualquiera de los 19 casos mencionados en la
carta, el Profesor García contestó "No". Green
le preguntó " En su opinión como experto sobre estructuras
de mando militar y de la responsabilidad del mando, opina usted que el
General García falló en su deber impuesto como oficial militar
al no ordenar una investigación? "Sí", contestó
el profesor. El profesor García explicó que aunque el demandado
(General García) había mantenido en su declaración
jurada que él no respondío a esa información debido
a las amenazas de un golpe de estado, el profesor dijo que la ley Salvadoreña
no permite esta excusa. Green le planteó al Profesor García
esta pregunta. Si el Ministro de Defensa tiene una prueba y evidencia
creíble sobre abusos cometidos por miembros de la Guardia Nacional
es su opinión que el debería de dirigirse directamente a
el Director de la Guardia Nacional?. "Sí" contestó
el Profesor García, " esto es el principio de responsabilidad
del mando. Este es su deber y su derecho." El profesor continuó
y explicó que el Coronel Vides Casanova, como Director de la Guardia
Nacional, tenía el deber de saber que ocurria en su propia oficina
central.
Además, porque el país estaba en un estado de asedio desde
el año 1979 hasta el año 1983, el deber de los militares
era uno de investigar y de enjuiciar a los abusadores de los derechos
humanos por medio de tribunales marciales o de tribunales militares que
podrían ser establecidos temporalmente por el Ministro de Defensa
en cualquier lugar del país. Además, los comandantes militares
tenían otras medidas a su disposición, por ejemplo podrían
hacer transferencias administrativas. Pero al no tomar ningunas medidas,
los comandantes dan la impresión que los que cometen abusos tienen
" permiso de hacerlo y dan impresión de que la impunidad gobernará."
Como comandante militar, explicó el Profesor García, que
él también investigaría las alegaciones para "prevenir
la vergüenza." Él hubiera inspeccionado cada cuarto,
hasta el más pequeño de los lugares donde se alegaron ocurrieron
abusos, él dijo que él hubiera hablado personalmente con
cual quiera de los detenidos. Cuando se le preguntó si en el caso
del General Vides Casanova, el Profesor había visto alguna prueba
de que hubo problemas logísticos que hubieran impedido que Vides
Casanova puediera investigar las alegaciones de tortura en la Guardia
Nacional, él explicó que ningún equipo extraordinario
hubiera sido necesario para estal investigación, solamente "
un par de zapatos buenos. " Nada impidió que Vides conduciera
una investigación apropiada dadas las graves acusaciones que fueron
hechas contra las fuerzas bajo su mando.
Klaus enfocó en si los altos funcionarios militares abren su correo,
refiriéndose a los miles de cartas de quejas que declarara Michael
McClintock. El profesor García contestó que él no
sabía quien abrió el correo, pero que él asume que
el Ministro de Defensa y los altos funcionarios de las varias ramas de
las Fuerzas de Seguridad habían sido informados de el gran número
de quejas que se presentaron. Klaus le preguntó sobre la amenaza
a la seguridad nacional de El Salvador durante el tiempo en cuestión
y García contestó que la única amenaza hubiera sido
Nicaragua. Klaus leyó en voz alta la carta que mandó el
Partido Demócrata Cristiano, al parecer para acentuar que algunos
cuidadanos no militares habían sido acusados de cometer abusos.
García declaró que la participación de civiles, de
ninguna manera, disminuiría la responsabilidad del mando de un
oficial sobre sus propios subalternos quienes participaron en abusos.
Klaus también planteó preguntas sobre desacuerdos militares
y preguntó sobre la interrupción del mando militar que ocurrio
después del año 1979 con el golpe de estado. El profesor
García describió para el jurado la división que había
en El Salvador entre los comandantes militares quienes querían
la democracia y los que querían una dictadura. Él reiteró
que no habo ninguna interrupción de mando militar en el año
1979.
Klaus le preguntó que era su ocupación antes de ser profesor.
García le explicó que él había estado en la
cárcel varias veces por haberse negado a servir para la dictadura
Argentina. Al final, el coronel contestó una de las preguntas de
Klaus declarando que tarde o temprano los abusadores de los derechos humanos
son " capturados por el largo brazo de la justicia, " y que
" el fin nunca justifica el medio. "
Margarita Popkin, Experto del Sistema de Justicia Criminal Salvadoreño
El sexto día del juicio terminó con el testimonio poderoso
de Margarita Popkin, Directora Ejecutiva del Due Process of Law Foundation
( Fundación del Proceso de Justicia Legal). Popkin, abogado y experta
en El Salvador, así como especialista en sistemas de justicia,
describió al jurado el fracaso del sistema de justicia Salvadoreño
al no responder a las atrocidades cometidas durante la llamada "
Guerra Sucia. "
Popkin explicó que bajo la ley Salvadoreña en el tiempo
en cuestión, las Fuerzas de Seguridad a quien se le acusaba de
los abusos a los derechos humanos eran también responsables de
la investigación de los crímenes, incluso de aquellos abusos
cometidos por sus propios miembros. Las Fuerzas de Seguridad peleaban
en una guerra contra los supuestos guerilleros y además de no dedicar
sus recursos para realizar sus obligaciones investigativas tampoco investigaban
abusos cometidos por ellos mismos. Cuando se le preguntó como funcionaba
el sistema de justicia criminal contra los abusos de los derechos humanos,
Popkin contestó " No había justicia. " A pesar
de los abusos de derechos humanos que se extendieron desde el año
1979 hasta el año 1983, ningún miembro de las Fuerzas Armadas
de El Salvador fue condenado por violaciónes a los derechos humanos.
Los pocos casos que han sido investigados en años posteriores han
sido investigados como consecuencia de la enorme presión exterior
y estos casos enjuiciaron sólo a oficiales de niveles bajos.
Popkin describió un ejemplo de un crímen que eventualmente
fue enjuiciado, el jurado de este juicio prestó mucha atención,
estaban visiblemente cautivados, algunos se inclinaron hacia adelante
en sus asientos para escuchar. Cuando el general Vides-Casanova era el
Director General de la Guardia Nacional y el General García era
el Ministro de Defensa, un comandante subalterno de el Jefe de la sección
de Inteligencia de la Guardia Nacional ordenó el asesinato de Jose
Rodolfo Viera, el Presidente del Movimiento de Reforma Agrario. Viera
se encontraba con dos delegados Estadounidenses del AIFLD, un afiliado
internacional del AFL/CIO, en el Hotel Sheraton en San Salvador. Como
los dos Americanos, Michael Hammer y Mark Pearlman, estaban con él
en el momento de su asesinato, a ellos tambien les apuntaron y los tres
hombres fueron asesinados en ese sitio. Este caso es conocido como "
los Asesinatos del Sheraton."
Los asesinatos fueron realizados en público y con muchos testigos.
Al principio no fueron investigados pero después de que el AFL/CIO
comenzó su propia investigación y como consecuencia de la
presión de la Embajada Estadounidense, las autoridades Salvadoreñas
comenzaron una investigación de el crímen que duró
siete años. Según Popkin, la investigación duró
tantos años, en parte, porque las fuerzas de seguridad no cooperaban.
Eventualmente los hombres quienes cometieron los asesinatos de Viera y
de los Americanos fueron enjuciados y condenados. Los oficiales quienes
dirigieron el asesinato nunca fueron enjuiciados o llevados ante los tribunales.
Popkin acentuó que este caso fue una excepción a la regla
que existía de impunidad. Ese caso duró tanto tiempo debido
a la obstrucción, la falta de cooperación, y a los encubrimientos.
Además, el juez que dirigía el juicio asistía a uno
de los criminales y le permitía disfrazar su identidad para así
confundir a los testigos..
Popkin declaró que los demandados el Director General de la Guardia
Nacional y el Ministro de Defensa no demostraban ninguna buena voluntad
para investigar estos crímenes. Ella también acentuó
que los asesinatos no eran un acontecimiento aislado. Finalmente, explicó
que era muy difícil, y a veces imposible, para las víctimas
de abusos de derechos humanos el obtener la documentación sobre
sus casos ó de conseguir testigos que estuvieran dispuestos a dar
declaraciones debido a que ellos temían por su propia seguridad.
Popkin no le contestó a Klaus ,defensor de los Generales, sus
preguntas sobre la actividad de los escuadrones de la muerte porque ella
no tenía concocimiento especializado en este tema. Klaus le enseño
el informe de la Comisión para la Verdad que criticaba a los Estados
Unidos porque permitía que ciudadanos Salvadoreños financiaran
y controlaban los escuadrones de la muerte desde sus casas en Florida.
Popkin confirmó que los Estados Unidos toleraba esto de sus exilados.
Cuando le preguntaron sobre las divisiones entre los militares mencionados
por el Profesor García, Popkin mantuvo que los desacuerdos entre
los militares no eran la causa para el no enjuiciar a los criminales.
Más bien ella acentuó que la causa era la vacilación
de las fuerzas de seguridad al no investigar a sus colegas. Klaus también
le preguntó a Popkin si ella estaba trabajando contra " las
detenciones ilegales en los Estados Unidos, " a lo que ella le contestó
que su organización no investigaba ningúnas detenciones
ilegales, esto no era su trabajo.
Después el abogado de los demandantes le volvio a hacer unas preguntas
a Popkin. Ella declaró que la Comisión para la Verdad había
concluído que escuadrones de la muerte habían sido controlados
por una sección de inteligencia de la Guardia Nacional y cuando
le preguntaron si la participación o la carencia de participación
en los abusos por personal no militar afectarían sus opiniones
sobre la responsabilidad de la Guardia Nacional en realizar una investigación
de estos abusos ella contestó, " No. " Ninguna otra agencia
tenía ó podría investigar los abusos a los derechos
humanos, dijo Popkin "y los oficiales militares no enjuiciaron a
los autores de abusos." ¿ Los officiales militares cumplieron
con su obligacion? " Pregunta que ella contestó " no
lo hicieron. "
Lo que sigue esta semana.
El lunes, 8 de julio de 2002, Terry Karl, una Profesora de Estudios Latinoamericanos
de la Universidad Stanford y experta en El Salvador, declarará.
También Neris González, una demandante en este juicio, comenzará
su testimonio el lunes ó el martes. Después de esto solo
quedará presentar el testimonio de otro experto para los demandantes.
Él dará testimonio sobre el trauma y su impacto sobre los
demandantes. Los demandados, Garcia y Vides Casanovah comenzarán
la presentación de su caso el miércoles, 10 de julio. El
abogado de los demandados estima que su presentación tomará
aproximadamente tres días y medio.
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